Desenlace del Caso Hermanos Santana Cazorla SL: Liquidación y Reclamaciones de

05 October 2024

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Desenlace del Caso Hermanos Santana Cazorla SL: Liquidación y Reclamaciones de Acreedores

La empresa Hermanos Santana Cazorla SL se encuentra actualmente en el proceso concursal, el cual ha llegado a su fase de liquidación. En este contexto, hay un total de catorce acreedores, que abarcan tanto https://files.fm/u/bdpsrmednf https://files.fm/u/bdpsrmednf a diferentes administraciones públicas, como a instituciones financieras, empresas del sector turístico y de servicios, así como a compañías de otras áreas y particulares. Según informaciones de fuentes relacionadas con el proceso legal, la deuda reconocida asciende a más de 200 millones de euros. A esta cifra se le debe agregar un mínimo de 80 millones de euros que se deben en el concurso de Mar Abierto, que gestiona los hoteles asociados al grupo en Taurito.

El Juzgado de lo Mercantil número 1, ubicado en Las Palmas de Gran Canaria, decidió el 31 de mayo abrir la fase de liquidación y disolver la compañía por no haber presentado un convenio de acreedores en el tiempo requerido. En la lista de acreedores se encuentran entidades como Isla Marina, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), Banco Sabadell, la Mancomunidad Residencial Pino II, entre otros. Entre los acreedores también se incluyen personas físicas como María del Carmen Goñi y Pablo Rafael Borras, así como la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y organismos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

El juez Alberto López adoptó diversas decisiones amparadas en la normativa concursal. Entre estas, se suspendió a Hermanos Santana Cazorla SL de llevar a cabo actividades de administración y disposición de sus bienes y derechos, se pronunció sobre la disolución de la empresa y el cese de los administradores o liquidadores, quienes serán reemplazados por un administrador concursal. También se determinó el vencimiento anticipado de los créditos concursales que estuvieran aplazados, si existieran, y la conversión en efectivo de las obligaciones que consistieran en otras prestaciones. Finalmente, se ordenó la publicación de esta resolución judicial en el Registro Concursal Público y en el Tablón Edictal Judicial Único, y se llevará a cabo la inscripción de la apertura de la fase de liquidación en el Registro Mercantil. Cabe destacar que todas estas decisiones pueden ser objeto de un recurso de reposición por parte de la empresa, aunque este no tendrá efectos suspensivos, así como también se admite apelación.

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